martes, 11 de diciembre de 2012

Tesis sobre jóvenes infractores en programas de tratamiento del consumo de drogas

Estudio descriptivo del historial de conducta delictiva de los adolescentes sancionados por la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente que se encuentran integrados a programas de tratamiento Ágora Tierra de Esperanza de la Región Metropolitana de Santiago.
Tesis de Magíster de Juan Francisco Rojas Infante.

Conozco profesionalmente desde hace algunos años  a Juan Francisco Rojas y me alegra que haya elegido como tema de su tesis de magíster en intervenciones psicojurídicas y forenses, un asunto que él domina ampliamente y que ha sido escasamente tratado desde la academia.

En las palabras de presentación del propio tesista:
"El presente proyecto pretende describir la conducta delictiva de un grupo de adolescentes sancionados en el contexto de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA), esto a la luz de los resultados de estudios enfocados en la conducta delictiva por autores como Frechette y Leblanc (1987) y Moffit (1993) en esta poblaciones similares.
Si bien existen estudios preliminares en población chilena adolescente infractora de ley penal en general, no existen investigaciones específicas en la que se encuentra en tratamiento, lo que resulta de relevancia por cuanto la normativa técnica generada por el SENDA (ex CONACE), en el contexto del convenio SENDA-MINSAL- SENAME-GENCHI, señala la importancia de considerar el tema delictivo al momento de intervenir en drogas.
Asimismo, no existe un análisis profundo ni mayor claridad acerca de las características y formas que toma la conducta delictual en estos sujetos, asumiendo una visión causal y univoca de la relación consumo de drogas y el delito. Esto implica que al momento de la intervención no se considera lo complejo e imbricado de la citada relación en el acontecer concreto de los adolescentes que podría estar afectando el objetivo final de estos programas que, al fin y al cabo, es intentar disminuir la reincidencia delictiva. El estudio se realizará a través de la recolección de información proveniente del propio reporte de los adolescentes estudiados, además de la comparación de estos datos con los registros sobre ellos conservados por el Ministerio Público y contenidos en soporte informático (SAF)."

"A 5 años de ejecución de este modelo de tratamiento especializado para esta compleja población encontramos que, al parecer, los usuarios preferentes de los programas que lo componen presentan patrones de consumo de mayor complejidad en su manejo y resolución. Desde allí valdría la pena plantear la pregunta relativa a la adecuación específica del modelo propuesto a esta “nueva” población. De esta manera, al constatarse la complejidad que implicaría el desafío de intervenir a los usuarios de programas como los Ágora, con historiales de consumo de sustancias como de conducta delictiva de alto riesgo, se hace necesario enfrentar el problema de manera distinta.
En tal sentido, al constituir fenómenos que se dan de manera continua e imbricada en las historias de estos niños/adolescentes, sin posibilidad práctica de seccionar y compartimentalizar áreas de trabajo para distintos equipos, la necesaria integración del trabajo que realizan tanto la red SENDA como la red SENAME resulta fundamental si es que se pretende incidir de alguna manera en la transformación de estos historiales en trayectorias delictivas." ROJAS Estudio Descriptivo Del Historial de Adolescentes Infractores

miércoles, 28 de noviembre de 2012

Entrevistado por Hora20, sobre rebaja de condena al cura Tato.

Entrevistado por el Programa de La Red, Hora20, sobre mi opinión del otorgamiento de la rebaja de condena al cura Tato.

Es bueno recordar que la Ley Nº 19.856, dispone expresamente en su artículo 7 los criterios a considerar para la concesión de este beneficio.
" Artículo 7º.- Criterios de evaluación obligatorios. Para los efectos de lo previsto en esta ley, se considerará comportamiento sobresaliente aquel que revelare notoria disposición del condenado para participar positivamente en la vida social y comunitaria, una vez terminada su condena.
              Para calificar la disposición a que se refiere el inciso precedente, se atenderá a los siguientes factores:
a) Estudio: la asistencia periódica del condenado a escuela, liceo o cursos existentes en la unidad penal, siempre que ello redundare en una objetiva superación de su nivel educacional, vía alfabetización o conclusión satisfactoria de los cursos correspondientes a enseñanza básica, media o superior, según fuere el caso.
 b) Trabajo: la asistencia periódica del condenado a talleres o programas de capacitación ofrecidos por la unidad penal, siempre que ello redundare en el aprendizaje de un oficio o labor provechosa. Asimismo, tratándose de condenados que dominaren un oficio, el ejercicio regular de éste al interior del recinto penal, sea con fines lucrativos o benéficos.
c) Rehabilitación: la voluntad exhibida por el condenado, mediante el sometimiento a terapias clínicas, en orden a superar dependencias a drogas, alcohol u otros, en su caso.
d) Conducta: espíritu participativo, sentido de responsabilidad en el comportamiento personal, tanto en la unidad penal como durante los traslados, y, en general, cualquier otro comportamiento que revelare la disposición a que se refiere el inciso primero.
     Asimismo, para los efectos de la calificación de que trata esta ley, podrá atenderse al nivel de integración y apoyo familiar del condenado, si lo tuviere, y al nivel de adaptación social demostrado en uso de beneficios intrapenitenciarios."

Lo que el Reglamento de la Ley (DS Nº 685, del 2009), refuerza al regular del siguiente modo el criterio "rehabilitación":
"Se entenderá que existe la voluntad de rehabilitación a que alude la letra c) del artículo 7° de la ley Nº19.856, referida al sometimiento a terapias clínicas para superar la dependencia a drogas, alcohol u otros, cuando el condenado o sometido a prisión preventiva participe activamente en una o más de las siguientes instancias de rehabilitación:
a) Comunidades terapéuticas para la superación de la adicción al alcohol o drogas;
b) Terapias clínicas psiquiátricas o psicológicas tendientes a la superación de la adicción al alcohol o drogas; c) Cumplimiento de tratamiento con medicamentos, con miras a la superación de la adicción a alcohol, drogas u otros, el que en todo caso deberá ser prescrito por el profesional pertinente;
d) Terapias ocupacionales, las que también serán consideradas a favor del condenado para la evaluación del factor trabajo, cuando corresponda.
      El sometimiento a terapias clínicas deberá en general ponderarse con referencia a las indicaciones técnicas de los profesionales responsables o tratantes.
      La falta del resultado esperado, según la clase de tratamiento o terapia a que se hubiere sometido la persona condenada o bajo prisión preventiva, no será impedimento, siempre que se constate la existencia de la voluntad exigida, para la calificación del comportamiento como sobresaliente."

Y como no hemos tenido noticia que Gendarmería haya implementado un programa de rehabiltación o tratamiento para agresores sexuales, es imposible que él haya recibido algún puntaje en este ítem.

El horror a la cárcel, fundado en las condiciones de éstas, no puede pasar por sobre la ley.

miércoles, 21 de noviembre de 2012

Entrevista en emol: Existen "micro" redes de explotación difíciles de perseguir


En conversación con Emol, Francisco Estrada se refirió a las dificultades, tanto logísticas como de recursos, que enfrentan las instituciones para poder perseguir judicialmente estos casos:

SANTIAGO.- Revuelo ha causado el descubrimiento de la red de explotación sexual infantil desbaratada la semana pasada, que tiene hasta el momento a 16 personas detenidas. Sin embargo, pese a no tener la misma envergadura, existen redes menores que funcionan en el país, pero que por diversos motivos no pueden ser perseguidas judicialmente



Así lo explicó a emol el ex director del servicio nacional de menores y actual director de la carrera de Derecho de la universidad autónoma de chile, Francisco  Estrada, quien indicó que existe un comercio sexual infantil menor , sobre todo en la zona norte de Santiago y en comunas como  Calama.


No hay conocimiento en los últimos años de una red de esta envergadura que hemos conocido. Lo que sí existe son redes y conexiones muy menores que involucran a uno o dos niños que hacen trabajo encubierto como meseros de locales y que prestan servicios también sexuales", sostuvo.
El abogado indicó que, pese a recibir las denuncias en el Sename de parte de los propios niños afectados, "luego no ha sido posible iniciar más pesquisas en este sentido más que algunos casos individuales que las policías han llevado a cabo".
Esto, aseguró, se debe a que no se ha podido construir circuitos locales que se hagan cargo de esta problemática, y que involucren tanto a uniformados como autoridades municipales, vecinales y el Sename.
"Existe una creencia de que las conexiones tienen que ser a nivel macro. No tienen ninguna incidencia (...) En estas mesas, siempre hay un actor que se baja, a veces es la Fiscalía, o el tribunal de familia, o los tribunales penales, y ahí se cae el sistema. Este sistema requiere que todos los actores estén en sintonía", sentenció.
Asimismo, una dificultad bastante frecuente, y que Estrada logró comprobar en el Sename, es la reticencia de algunas víctimas de entregar declaraciones, lo que perjudica la investigación judicial.

Gran problema: Escasez de recursos

Para el académico, además, un factor importante es la falta de recurso, tanto económico como humano, que dificulta llegar a un buen puerto en la fiscalización.
"El Sename hace lo mejor que puede con escasísimos recursos", indicó de forma tajante. "Este es un fenómeno que, primero que nada hay que cuantificarlo. Hay que hacer un estudio. Lo que tenemos es un estudio de la OIT del 2003 con ayuda del Sename", agregó.
También se refirió a la falta de especialización tanto en las policías como en la Fiscalía, que antes contaban con departamentos especializados en este caso, los que se han cerrado.
"En vez de ir mejorando la especialización, hemos ido perdiendo la especialización de las policías en términos de unidades y de la Fiscalía Nacional, que no cuenta con una unidad exclusiva en la materia", dijo Estrada.
En este sentido, para él la solución pasa con tener "más recursos y voluntad política. Requerimos que las policías y el Ministerio Público en especial destinen recursos especiales, y no me refiero a plata, sino que recursos humanos especializados en la materia".

lunes, 19 de noviembre de 2012

Dossier sobre ESCI, Explotación Sexual Comercial Infantil

A propósito de la atención mediática que ha recibido el caso de ESCI en que han sido formalizados un productor de televisión, un caricaturista, un ex candidato a alcalde y otros, aprovecho de subir este pequeño Dossier con presentaciones efectuadas por los equipos de ONG's que desarrollan, al alero de SENAME, programas de acompañamiento y reparación a niños y niñas explotados a lo largo del país. La institución con mayor antigüedad y prestigio en esta línea de trabajo es ONG Raíces, bajo la dirección de Denise Araya. Hoy una decena de instituciones atiende a cerca de mil niños al año. Entre ellas destacan AURA (con una preciosa casa, muy acogedora que tuve oportunidad de visitar), OPCION (que ha unido a la acción la reflexión), Fundación Tierra de Esperanza (mi ex alma mater) y el gran equipo de PAICABI, que no sólo investiga y actúa sino que además enseña.
Las presentaciones fueron parte del ciclo 2010 del Observatorio sobre ESCI que desarrollamos ese año en SENAME.

Vale la pena recordar que hablamos de ESCI, es decir, de Explotación Sexual Comercial Infantil, para remarcar que no es posible apreciar en este fenómeno la existencia de un acto voluntario, de consentimiento,  por parte de un menor de edad. Cuando estamos en presencia de actos como los que ocurrían en céntricos departamentos, de lo que estamos hablando es de abuso de poder. De cuerpo de niñas y niños, es decir, de menores de 18 años, tratados como objetos.  No han faltado las voces que hablan de niñas que seduce, de jóvenes que saben lo que hacen. Esa es una reacción típica que se da en todo el país, en diferentes sectores sociales, incluso por parte de jueces, y que contribuye a invisibilizar esta grave violación de derechos humanos.

Dejo también algunos documentos sobre el tema.








- Buenas Prácticas en el abordaje de la Explotación Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes (II)

jueves, 15 de noviembre de 2012

Confirman información posteada ayer: Gobierno pospone reforma al sistema penal adolescente


Hoy aparece en El Mercurio, nota del inefable Mario Gálvez, confirmando lo informado ayer en este blog: "Gobierno pospone reforma al sistema penal adolescente por falta de espacio legislativo

Aunque revisión de la RPA continuará, la prioridad será para cinco reformas, entre ellas la Civil y la Procesal Penal. 
La falta de espacio legislativo motivó que el Ministerio de Justicia decidiera posponer, por ahora, el envío al Congreso de un proyecto de ley que modifique y mejore la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (RPA).
La subsecretaria Patricia Pérez informó que mantendrán una mesa de trabajo interinstitucional, con el fin de diseñar los cambios que se deben ejecutar en el precepto legal, que adolece de una serie de falencias que hacen recomendable introducirle cambio, según los análisis a cinco años de su puesta en marcha hecho por varias instituciones relacionadas con el tema. Pero, por ahora el ministerio se concentrará en proyectos tales como reforma al Sename (lo divide en dos), reforma procesal civil, la creación de la Subsecretaría de Derechos Humanos, reforma procesal penal y reforma al sistema registral o de notarios, según explicó Patricia Pérez.

"Creemos que es una materia que tenemos que revisar en otra instancia y en otro momento, porque en realidad hay que tener horas-Congreso para hacer las cosas, y en este momento tenemos una serie de temas en trámite", añadió. En un principio, el Gobierno había incluido el tema dentro del estudio de la reforma procesal penal ordenada por el Presidente Piñera. Sin embargo, la comisión de expertos convocada para tales fines decidió no revisar estas normas y recomendó hacerlo en una comisión especial convocada con ese objetivo. "Hasta ahora, tenemos detectados una serie de elementos que deben ser cambiados, y vamos a seguir trabajando en esa línea. Este examen es importante para nosotros, requiere trabajarlo en otro escenario", dijo.
La subsecretaria no quiso comprometerse con fechas para enviar los cambios. Pero, por ahora, dijo, seguirán trabajando con el denominado "Plan Jóvenes", creado para abordar los problemas más urgentes de quienes cumplen condena en el sistema cerrado.

Suma urgencia a proyecto del Sename
Suma urgencia colocará el Gobierno al proyecto de ley que divide en dos el Sename y crea el Servicio Nacional de Responsabilidad Adolescente, a cargo de los menores infractores, y el Servicio Nacional de Protección de la Infancia y Adolescencia, que tendrá a cargo a los niños vulnerados en sus derechos. Por ahora, el Ministerio de Justicia sigue recibiendo aportes de instituciones para mejorar la propuesta legislativa. Uno es del Centro de Políticas Públicas UC, con el trabajo "Nueva institucionalidad para la infancia y adolescencia: un compromiso pendiente". Éste estuvo a cargo de las académicas Carolina Muñoz, de la Escuela de Trabajo Social, y María Elena Santibáñez, de la Facultad de Derecho, y entrega una serie de propuestas para mejorar la iniciativa, desde la necesidad de elevar la calidad de los profesionales encargados de intervenir a estos menores, como la introducción de medidas para prevenir el abuso infantil, explicaron. La subsecretaria Pérez valoró el aporte, aunque precisó que éstos podrían ser integrados en la etapa de diseño del reglamento respectivo."

miércoles, 14 de noviembre de 2012

Justicia penal adolescente e Informe de la Comisión Asesora Presidencial para el perfeccionamiento del sistema de justicia penal

En lo pertinente el Informe señala:
"E.1.- Modificaciones a la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente.

Los comisionados indicaron que dada la relevancia de la materia sometida a su conocimiento, la Comisión no está en posición de emitir un juicio responsable sobre el mejoramiento de la Ley N° 20.084, por lo que sugirió, por razones de especialidad, que dichas propuestas fueran analizadas por expertos, en forma separada del trabajo aquí realizado."

Me parece serio que la Comisión efectúe esta recomendación con la información disponible y dada la integración de sus miembros.
Una reforma de la Ley Nº 20.084 debe contar,como toda política pública, con evidencia que sustente el diagnóstico y no sólo con "opiniones", por muy expertos que sean los opinantes. En el sector justicia, hace tiempo que no se cuenta con políticas públicas basadas en evidencia y que tomen distancia de las encuestas de opinión. El fenómeno es común a diferentes países de occidente pero eso no le resta gravedad.
Con base en esta recomendación, sería deseable contar con un set de estudios y de información estadística consolidad entre las distintas instituciones del sistema de justicia juvenil, que permitan superar la mera opinología.


domingo, 11 de noviembre de 2012

Jean Pierre Matus sobre don Enrique Cury

"Estimados:

Ha fallecido don Enrique Cury U., profesor de generaciones y maestro de muchos de quienes hoy ejercen la docencia universitaria, abogado, ex Ministro de la Exma. Corte Suprema y uno de los penalistas que permitió la inserción de la doctrina penal chilena en la discusión internacional con sus obras como La ley penal en blanco, publicada por la prestigiosa editorial Temis en Bogotá, y su conocidísimo en Chile y el extranjero Derecho penal, aparecido primero bajo el sello de la Editorial Jurídica de Chile y luego bajo el de la Universidad en la que desarrolló la mayor parte de su carrera, la Pontificia Universidad Católica de Chile, en la cual no sólo fue profesor, llegando a desempeñar el cargo de Secretario General.

Nunca tuve la oportunidad de ser su alumno, pero sí la de apreciar por qué sus alumnos sus alumnos lo consideraban uno de los más importantes maestros en su formación profesional. En tercer año de la carrera de Derecho, sin saber mucho sobre casi todas las cosas, nos arriesgamos a escribir un pequeño artículo en una revista formada por alumnos de la Facultas. 
El tema y el contenido de ese texto pueden bien ser olvidados, pero no la reacción de don Enrique, quien sin ser mi profesor, se dio el tiempo de leerlo, citarme a su oficina, comentarme críticamente sus apreciaciones y estimularme para seguir escribiendo y estudiando en la materia. Imagino que esa dedicación al trabajo de sus alumnos y el estímulo que les brindaba a sus inquietudes intelectuales es lo que permitió despertar en ellos el entusiasmo por la materia, formando destacados abogados y profesores, como Claudio Feller, Juan Domingo Acosta, Jaime Couso, Juan Ignacio Piña y Alex van Weezel, entre otros.

Su partida se suma a otras de quienes, como Juan Bustos, Francisco Grisolía, Sergio Politoff y Sergio Yáñez compartieron con él sueños, inquietudes y significativas experiencias de juventud: el contacto como estudiantes con don Álvaro Bunster B. en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, quien se preocupaba de difundir en Chile las teorías y el método finalista, entonces una moda más o menos reciente en latinoamérica; los estudios de posgrado en el extranjero; la agitada vida política y social de la década de 1960, con Reforma Universitaria incluida; y la época dorada del Instituto de Ciencias Penales y su Revista, bajo la dirección de don Eduardo Novoa M., allá en la década de 1960, y  la internacionalización del Derecho penal chileno a través de los trabajos  del Código penal tipo para Latinoamérica, también impulsados por don Eduardo Novoa M.

Por lo mismo, no es de extrañar que, en el debate surgido en entre las escuelas clásica y la finalista, don Enrique haya tomado partido por esta última, como lo hicieron casi todos sus compañeros de generación, adoptando un concepto de conducta o acción “con sentido”, entendiéndola como la que “abarca tanto el lado objetivo como el subjetivo de la acción, tanto su faz interna como externa”.

Sin embargo, don Enrique no se limitó a tomar partido por el “finalismo” y defender sus posiciones en foros y en la enseñanza, sino que, además, se dio al trabajo de ponerlas por escrito y someterlas a la crítica y debate por parte de la comunidad jurídica. Y hay que decir que en ese debate sus posturas “finalistas” convencieron a una mayoría significativa de quienes estudiaban el Derecho penal entre los años 1970 y 2000, y particularmente a partir de la década de 1980, cuando su primer libro sistemático, la Orientación para el estudio de la Teoría del Delito, dio paso a su Derecho penal, obra inicialmente en dos tomos y con la cual prácticamente todos los alumnos de la Universidad Católica de esos años estudiamos la Parte General del ramo.

La nota característica de la obra de Cury, frente a las de Etcheberry, Bustos y Politoff, los otros miembros de su generación que se dieron a la tarea  de sistematizar sus opiniones en textos generales, fue su estricto apego a la ortodoxia del "sistema finalista". En efecto, desde mediados de los años 1960 se dio a la tarea de desarrollar, con relación al Derecho chileno, la teoría final de la acción, siguiendo rigorosamente la sistemática de los textos ya disponibles de Welzel y Maurach, incluso al punto de aceptar la teoría extrema de la culpabilidad y sus efectos penales respecto del error de prohibición (excusabilidad en caso de ser invencible, mera atenuación en caso de ser vencible, incluso en los supuestos de error sobre los presupuestos objetivos de una causal de justificación), por considerarla “una consecuencia necesaria de la concepción final de la acción”. 

Y aunque su paso por la Exma. Corte Suprema le llevó a moderar esta posición, lo cierto es que los fundamentos, metodología y esquema de exposición del “finalismo” se mantienen hasta las últimas ediciones de Derecho penal, donde sigue afirmando que “el concepto de acción finalista” era el que servía “de base al sistema de la teoría del delito que se expondrá en esta obra”.

Es probable que hoy en día muchos de quienes se declaran y sienten sus discípulos no compartan los fundamentos filosóficos y sistemáticos de su obra, pero sí creo que compartirán su vocación y su pasión por el estudio y la enseñanza,  los recuerdos de una profesor afable y generoso con sus alumnos y, sobre todo, de alguien que tenía la capacidad de despertar en los demás el amor por la disciplina que cultivaba en el más alto nivel de su época."


Jean Pierre Matus Acuña
Abogado
Profesor Titular de Derecho penal Universidad de Chile"

viernes, 9 de noviembre de 2012

Corte Suprema informa el fallecimiento de ex ministro Enrique Cury Urzúa

La Corte Suprema ha informado hace poco el fallecimiento del maestro Enrique Cury.
Para los propósitos de este blog, creo conveniente relevar el interés temprano por la justicia juvenil, que se expresó en algunas publicaciones mimeografiadas, que revise para mi memoria en los noventa, en la Biblioteca de la facultad de Derecho UC, al alero de una investigación CONICYT , Dejo aquí la cita de una de ellas:


CURY, Enrique; ZALAQUETT, Alejandro y GISSI, Jorge (1976), Diagnóstico sobre el tratamiento normativo y fáctico de la delincuencia juvenil en Chile y diseño de una política de soluciones a los problemas que presenta, CONYCIT, Programa de Desarrollo Integral de Menores, Santiago.


La Universidad de Talca tiene vimeo una serie de videos con una entrevista a don Enrique Basilio hecha por
el gran Pancho Maldonado.


Enrique Cury 1-8 from Raúl Carnevali on Vimeo.


Como señal de duelo el Pleno de la Corte Suprema ordenó izar la bandera del Palacio de Tribunales y entornar las puertas de ingreso al edificio. 

Enrique Cury Urzúa ingresó a la Corte Suprema el 13 de enero de 1998, en uno de los cupos que  se crearon, un año antes, para abogados ajenos a la judicatura. Integró el máximo tribunal del país hasta el 1 de junio de 2006. Además, ejerció como abogado integrante de la Corte de Apelaciones de Santiago, entre marzo de 1995 y febrero de 1996.

Abogado de la Universidad de Chile, Cury juró ante la Corte Suprema el 6 de noviembre de 1961. Con estudios de posgrado en la New York University, el profesor Enrique Cury  dedicó años de su vida a la formación de abogados. Desarrollando gran parte de su labor docente en la Pontificia Universidad Católica de Chile, casa de estudios de la que fue vicerrector académico, entre 1971 y 1973; y secretario general, entre 1990 y 1998.

Fue profesor emérito de la Universidad Católica; profesor honorario en la Universidad Externado de Colombia; y realizó labores docentes en Universidad Central de Venezuela, de Buenos Aires (Argentina), y la Universidad de Sao Paulo (Brasil), entre otras.

En 2012, recibió el doctor honoris causa de la Universidad de Valparaíso, casa de estudios donde también ejerció la docencia entre 1967 y 1970, cuando ese centro de formación era sede regional de la Universidad de Chile.

Junto a su labor como abogado y jurista, el ex ministro Cury desarrolló una importante labor gremial formando parte del Consejo General del Colegio de Abogados por varios periodos y siendo parte fundamental en la dictación del nuevo Código de Ética de la orden.

En el ámbito académico, Cury Urzúa contribuyó de manera fundamental al derecho penal, siendo autor, entre otras publicaciones, de la obra: “Derecho Penal: parte general”, de la Editorial Jurídica, publicada por primera vez en 1982 y considerado uno de los manuales más importantes para la formación de abogados en el país.

También es autor de: “El delito continuado”, Editorial Universitaria (1962), texto que, además, fue su memoria de prueba; “Orientaciones para el estudio de la teoría del delito”, Edeval Ediciones (1967); “Tentativa y delito frustrado (el proceso ejecutivo del delito)”, Editorial Jurídica (1977), y “La Ley  penal en blanco”, Temis Editores Colombia (1988).

Los restos del ex ministro Cury serán velados -a partir de hoy, viernes 9 de noviembre, las 15 horas- en la iglesia Los Dominicos, ubicada en Camino del Alba 8995, Las Condes; en tanto, sus funerales se realizarán, mañana sábado, en el cementerio Parque del Recuerdo.

miércoles, 7 de noviembre de 2012

Informes de las Comisiones de Supervisión de Centros de Protección, Primer Semestre del 2012


Durante la redacción del Reglamento de la Ley Nº 20.084, quienes estábamos a cargo de este trabajo, tomamos la decisión de incorporar una experiencia que se estaba desarrollando en Paraguay, las comisiones interinstitucionales de supervisión de centros privativos de libertad. Contamos para ello con la más amplia colaboración de UNICEF, que  participaba de esa experiencia con su oficial en Paraguay –chileno por añadidura- Eduardo Gallardo. UNICEF financió el viaje de miembros del Departamento de Menores a Paraguay y,luego, de integrantes de la Comisión paraguaya a Chile.
Hoy, pese a la injustificada reticencia del entonces ministro de Justicia Maldonado- quien perdió ante el Consejo de Transparencia una reclamación de acceso a los informes de las comisiones- dichos informes son públicos, desde el 2010, en  la página web del Ministerio de Justicia.
Ese mismo año le propuse, desde SENAME, a UNICEf que comenzáramos a visualizar un equivalente para el área de protección de derechos, cuyos centros estaba en peores condiciones incluso que los del área de justicia juvenil. 
Veo, por la publicación reciente en la web del Ministerio de Justicia, que dicho trabajo ha sido desarrollado con renovado brío y acertadas condiciones metodológicas. Probablemente -no lo he consultado- debe ser fruto del trabajo mancomunado del Departamento de Reinserción Social Juvenil del Ministerio de Justicia, de SENAME y, por cierto, de UNICEF. Me he tomado la libertad de subirlas al blog ya que la revisión en el sitio oficial me parece poco amistosa.
Espero que estas visitas, lejos de asustar a los equipos de los centros o propiciar fariseicas escandaleras contra SENAME por la situación de los centros, sean una oportunidad para sentar la urgente necesidad de contar con una política de infraestrucutra de centros en el área de protección de derechos. 

No cabe sino felicitar alas autoridades del Ministerio de Justicia, SENAME y, UNICf y todas aquellos miembros de las comisiones  a lo largo del país por el invaluable aporte que han hecho a la situación de los niños más abandonados del país.

Informes por Región  (y Respuesta en caso de existir)





  Respuesta

  Respuesta










Pueden revisarse periódicamente en el sitio del Ministerio de Justicia.

sábado, 3 de noviembre de 2012

Videos de Alexy, Dworkin y Atienza

Conferencia de Robert Alexy en Colombia (Parte 1) Corte Constitucional de Colombia. VII Encuentro de la Jurisdicción Constitucional "Diálogos con el Mundo: 20 años de la Constitución Política de Colombia de 1991. Robert Alexy - Justificación de una jurisdicción constitucional.
 

 Conferencia de Robert Alexy en Colombia (Parte 2)



Entrevista a Manuel Atienza (Parte 1 de 2)

 Video de Dworkin en Argentina 2011, aquí.

miércoles, 31 de octubre de 2012

Video Realizado Por Jóvenes Privados De Libertad En Los Ríos Quedó Seleccionado En Concurso Nacional



Entre los cinco mejores de la Región de los Ríos quedó el video educativo realizado por jóvenes privados de libertad del proyecto de reinserción educativa, de la Fundación Tierra de Esperanza,  para el concurso audiovisual “Grabando…de Visviri a las Estrella”, impulsado por el portal educativo Educar Chile y el instituto profesional DUOC.

El video ganador será elegido a través de la votación on line en el sitio web www.educachile.cl , por lo que el equipo educativo de la Fundación Tierra de Esperanza los invita a votar hasta el domingo 4 de noviembre .Los jóvenes relataron en no más de 60 segundos la historia de la capital de Los Ríos, en el video denominado “ Valdivia: desde 1552, la ciudad más bonita de Chile”, una iniciativa que estimula el aprendizaje y creatividad de los participantes.

La premiación será dada a conocer en el miércoles 7 de noviembre en el VII Seminario internacional niños y medios, organizado por DUOC UC – educarchile. 

Pueden ver el video aquí.

martes, 30 de octubre de 2012

Modificación al Reglamento de la Ley Nº 20.084, de responsabilidad penal adolescente

El recién pasado viernes 26 se publicó en el Diario Oficial esta modificación al Reglamento de la Ley Nº 20.084, de responsabilidad penal adolescente.
Parece ir en la línea de ofrecer espacios normativos para iniciativas en pro de la reinserción.
El abogado de la UJJ de la Región de Los Lagos, Víctor Argandoña, en el blog regional, deja un interesante posteo al respecto.

"Artículo 1º.- Modifícase, en la forma que a continuación se indica, el decreto supremo Nº 1.378, de 2006, del Ministerio de Justicia, que aprueba el Reglamento de la ley Nº 20.084:

1.- Modifícase el artículo 124 de la siguiente forma:
a) En la letra b) sustituyendo la coma (,) y la letra ‘‘y’’ por un punto y coma (;).
b) En la letra c) sustituyendo el punto (.) por una coma (,) y la letra ‘‘y’’.
c) Incorporando una letra d) nueva: “d) Salida con fines educacionales, laborales y de capacitación.’’.

2.- Modifícase el artículo 126 de la siguiente forma:
a) En la letra b) sustituyendo el punto y coma (;) por una coma (,) y la letra ‘‘y’’.
b) Suprímese la letra c), pasando la actual letra d) a ser letra c).

3.- Agrégase un nuevo artículo 134 bis:
‘‘Artículo 134 bis. Salida con fines educacionales, laborales y de capacitación. Se entenderá por ésta, la autorización otorgada por el director del centro, para que aquellos adolescentes que, habiendo cumplido a lo menos un cuarto de la pena, puedan salir durante la semana, por un período no superior a diez horas diarias, con el objeto de concurrir a establecimientos laborales o instituciones de capacitación laboral y/o formación educacional, con el fin de desempeñar trabajos, cursar estudios o realizar otras actividades similares.
Para acceder a este permiso sólo se deberá dar cumplimiento a los requisitos señalados en las letras a) y b) del artículo 126. En este caso, el informe que elabore la unidad técnica, además de dar cuenta de las ventajas para el proceso de integración social del adolescente, deberá acreditar de manera fehaciente la existencia del trabajo o curso que realizará el adolescente.
Para tal efecto se adjuntará al informe, copia del contrato respectivo o comprobante de la matrícula correspondiente. Si ello no fuere factible, se adjuntarán los antecedentes que cumplan el mismo propósito.
El director del centro, en la resolución que dicte autorizando y regulando la salida con fines educacionales, laborales y de capacitación, establecerá, además, la forma y periodicidad con que se efectuará el control del cumplimiento de este beneficio.
Asimismo, en dicha resolución, se determinarán las condiciones que se deberán cumplir con el objeto de resguardar en todo momento la confidencialidad de la información de los datos sensibles del adolescente y de la respectiva sanción.
En caso de incumplimiento injustificado, el que comprenderá tanto la inobservancia a dichos fines como a las condiciones de regreso al centro, procederá la revocación del permiso, la que deberá ser comunicada por el Director del Centro al lugar de trabajo del joven o a su institución de capacitación laboral y/o formación educacional, los que darán a dicha información, la reserva correspondiente.
Sin perjuicio de la revocación del permiso, señalada en el inciso precedente, se constituirá la comisión disciplinaria a que se refiere el artículo 115.
La concesión de este permiso no obsta a que el adolescente pueda optar a las otras salidas contempladas en el artículo 124."

El Decreto completo acá.


lunes, 29 de octubre de 2012

Validación del cuestionario de auto-reporte de comportamiento antisocial en adolescentes: CACSA

El estudio tiene por objetivo presentar la validación de un instrumento formulado racionalmente para evaluar, mediante auto-reporte, el comportamiento social en adolescentes chilenos (CACSA) y describir el comportamiento social de dos grupos: adolescentes escolarizados (N=1914) y adolescentes infractores de ley (N=264). El cuestionario posee 56 ítemes que exploran tres dimensiones generales, a) Comportamiento Prosocial (CPRO), b) Comportamiento Antisocial Total (CAT); y c) Víctima de Abuso de Poder (VAP); CAT contiene seis dimensiones específicas: Delitos (D), Transgresiones Contra la Propiedad (TPRO), Transgresiones Contra las Personas (TPER), Comportamiento Abusivo con Pares (CAP), Consumo de Alcohol y Drogas (OHD); y Transgresiones Sociales Leves (TSL). El estudio incluye también una escala de deseabilidad social y otra actitudinal. Los resultados revelan importantes fortalezas psicométricas del instrumento y capacidad de discriminación entre adolescentes escolarizados e infractores de ley. Se discute la importancia de reconocer por auto-reporte la prevalencia de comportamientos antisociales y la relación entre conductas prosociales y antisociales en adolescentes chilenos.

De los autores: Paula Alarcón Bañares, Ricardo Pérez-Luco, Sonia Salvo, Gloria Roa, Katherine Jaramillo, Carla Sanhueza Universidad de La Frontera, Temuco, Chile
Publicado en la Revista Paidéia sept-dic. 2010, Vol. 20, No. 47, pp. 291-302


ALARCON, PEREZ LUCO ET AL Validación del cuestionario de auto reporte de comportamiento antisocial

viernes, 26 de octubre de 2012

Mauricio Duce, hoy en El Mercurio, sobre las cifras de delincuencia entregadas esta semana por el gobierno.

Cifras de delincuencia

"Señor Director:
El miércoles, las autoridades dieron a conocer la disminución de denuncias experimentadas en ciertos delitos de alta connotación social en el tercer trimestre de 2012.
Si bien este hecho constituye una buena noticia, hay que tener cuidado con las conclusiones que se están sacando (que la delincuencia habría bajado y que ello se debería a ciertas políticas públicas específicas). Para entender esta cautela es necesario esclarecer algo sobre el método que se utiliza para conocer las tasas de delito en un país.
Hoy día existe consenso entre los especialistas en que el indicador más confiable para medir las tasas de delitos está constituido por las denominadas "encuestas de victimización". Se trata de estudios que indagan en los ciudadanos el hecho de haber sido víctimas de un delito en el período previo. Estas encuestas permiten arrojar resultados acerca de la victimización real, independiente de que la persona haya denunciado o no el delito.
En cambio, el índice de denuncias (que es el dato que se ha dado a conocer), es decir, la cantidad de delitos que las víctimas ponen en conocimiento de las autoridades -si bien es una fuente de información útil a revisar-, suele no ser considerado como un indicador muy confiable, ya que sólo un porcentaje menor de los delitos cometidos es denunciado y, consiguientemente, conocido por el sistema penal.
Por lo mismo, un aumento o baja en el índice de denuncias puede encontrar explicaciones muy diversas al aumento o disminución de la delincuencia como, por ejemplo, cambios en la metodología de registro de las mismas, aumentos o disminución en la cobertura de las instituciones estatales encargadas de registrarlas, variaciones en los niveles de confianza de la ciudadanía en las autoridades, entre muchas otras. En este contexto, sacar conclusiones a partir del comportamiento de las denuncias es muy problemático.
Los primeros trimestres de este año también se conocieron datos similares y conclusiones en la misma línea. Luego se ha conocido que la única encuesta de victimización disponible (el Índice Paz Ciudadana-Adimark) mostró que no hubo aumentos ni disminuciones relevantes de la tasa de victimización en el período.
La delincuencia es una de las preocupaciones centrales de la ciudadanía. Por lo mismo, es importante que los diagnósticos y conclusiones que las autoridades realicen en la materia tengan el mejor respaldo técnico. Desafortunadamente no pareciera ser éste el caso.
Mauricio Duce J.
Profesor Facultad de Derecho Universidad
Diego Portales"

jueves, 25 de octubre de 2012

Columna de Lucía Dammert: Denuncias y delitos: El problema de jugar con los datos de la inseguridad

25 de Octubre de 2012
Por Lucía Dammert, socióloga, ex asesora de seguridad ciudadana en Subsecretaría del Interior (2003-2004), con varias publicaciones especializadas sobre seguridad

"Ayer el gobierno anunció que bajó el delito en el país. Los datos entregados por el Ministerio del Interior muestran disminuciones en las denuncias realizadas a Carabineros en prácticamente todos los delitos de mayor connotación social. De ahí, la creatividad en las interpretaciones ha sido múltiple. Lamentablemente en la mayoría de casos equivocada. La salida comunicacional dejó en claro que las noticias eran positivas para el país, demostraban el funcionamiento de alguna iniciativas del gobierno y que evidenciaban un camino de entusiasmo en la llamada lucha contra la criminalidad. 

Ahora bien. ¿Qué indica una caída en los niveles de denuncia?  El acuerdo de todos los especialistas de seguridad en el país reconoce que las denuncias no son  indicador para medir la criminalidad.  La variación en los niveles de denuncia pueden vincularse a hechos tan variados como la baja en la confianza en las instituciones, el aumento de los delitos menores que se denuncian menos, la disminución efectiva de los hechos delictivos, la disminución de la cifra negra (hechos que no se denuncian), la decisión  policial de generar incentivos para la no denuncia, entre muchas otras hipótesis.  Sin otros datos de contexto, entregados anualmente por la Encuesta Nacional Urbana de Seguridad Ciudadana (ENUSC), las denuncias no nos dicen mucho. 

Así, para ser más gráficos. Los datos necesarios para interpretar el fenómeno criminal son al menos tres. Niveles de victimización (el numero total de personas que fueron de hecho victimas de un delito de ENUSC), los niveles de denuncia (el porcentaje de víctimas que dijo haber denunciado de ENUSC) y las tasas de denuncia (los registros policiales).  Medido en el tiempo estos tres datos nos explicarían que está pasando en términos criminales en el país. 

Lo más llamativo es que Chile es uno de los pocos países de la región (y el mundo) que se ha comprometido en el seguimiento detallado del problema mediante la ENUSC, que de forma anual permite hacer el análisis y seguimiento del problema.  Por lo que la salida comunicacional de ayer parece ser principalmente eso, una búsqueda de mostrar efectividad en un tema que es principal preocupación ciudadana. 

¿Estamos mejor? Ojalá, pero con los datos publicados ayer por el Ministerio del Interior no se puede afirmar nada.  Lo que si podemos afirmar y reiterar es la necesidad de mayor experticia y conocimiento de los profesionales que trabajan en el área de seguridad del gobierno. Reiterar la urgencia de espacios de alta dirección pública para espacios como el manejo de los sistemas de información y los estudios que realiza dicha institución.  

La seguridad pública no es un tema político sino de política pública. Requiere de formación, capacitación y responsabilidad.  Las hipótesis no sirven para generar políticas públicas serias y efectivas. En los últimos años se ha dicho que el aumento de las denuncias era una señal de mayor confianza en las instituciones y por ende un objetivo evidente. Ahora se dice, que su disminución muestra un camino de progresos y menor inseguridad.  En el medio los ciudadanos, atemorizados por los dobles discursos, descreídos de la aparente seguridad que no llega y desconfiados de instituciones que deberían generar certezas. El juego de los datos de seguridad es inaceptable por que genera primeras planas momentáneas pero desconfianzas de largo plazo. 

Ad portas de una elección presidencial el debate de la inseguridad se pondrá en el centro de la agenda. El gobierno debería reunir a un grupo de expertos que deje en claro el estado de situación, los cambios de la delincuencia, los avances y retrocesos. Con esta base de acuerdo transversal se obligará a los candidatos a conversar de propuestas, políticas e iniciativas. De otra forma, seguiremos con el desconocimiento, la politización y la creatividad de corto plazo."  

Fuente: La Tercera

miércoles, 24 de octubre de 2012

Experto en justicia Penal de la Universidad de Baltimore realizó charla en la U. Andrés Bello

The Globalization of Supermax Prisons, no solo es el nombre de la charla que dictó ayer en la mañana en la U. Andrés Bello el experto internacional en justicia penal Jeffrey Ian Ross, también es el nombre de su libro que saldrá a la venta en febrero del próximo año.

El profesor de la Escuela de Justicia Penal e investigador del Centro de Derecho Internacional y Comparado en la Universidad de Baltimore (Estados Unidos), de visita en nuestro país, adelantó parte de su nuevo trabajo, en el que profundiza en los recintos penitenciarios de máxima seguridad. Se trata de prisiones destinadas a albergar a aquellos reos que son considerados un grave peligro no sólo para la comunidad, sino incluso, para el resto de la población penitenciaria. Es por eso que son aislados de los reos comunes y/o de delitos menores. Por lo general se tratan de condenados políticos tales como terroristas y espías que han puesto en riesgo la seguridad nacional. Este tipo de prisiones nacieron durante la década de los 80 en EE.UU. Y en la actualidad es un modelo replicado por los países más industrializados del planeta.

Pese a su proliferación, estás cárceles están en el ojo de la opinión pública, debido a las denuncias por violación de los DD.HH. al interior de sus rejas. Siendo las prisiones de Guantánamo en Cuba y Abu Ghraib en Irak, las más conocidas en su tipo. La obra de Ross, detalla precisamente la razón por la cual proliferaron en el mundo este modelo penitenciario, haciendo hincapié en los procesos económicos, políticos y sociales que han afectado a los países que han copiado el prototipo norteamericano.

martes, 23 de octubre de 2012

Caso detectives formalizados: consideraciones para una reforma Leonardo Moreno Holman

Carta al Director,  El Mercurio, 23 de octubre de 2012.
"Caso detectives formalizados: consideraciones para una reforma
Leonardo Moreno Holman
Defensor Regional Metropolitano Norte

Toda obra humana es perfectible. Pero reformar una construcción monumental como la Reforma Procesal Penal, en la que trabajaron durante años los intelectos jurídicos más prominentes de nuestro país, no sólo significa una tarea compleja porque se pretenderá mejorar normas jurídicas que conforman un todo coherente, sino también porque se corre el riesgo de alterar equilibrios esenciales del sistema de justicia.

No hay que olvidar que el Ministerio Público es una institución que no sólo tiene mucho poder, sino que además es autónoma. Esto significa que los únicos controles reales que existen para impedir los abusos de la fiscalía y de sus órganos ejecutivos, las policías, se verifican en las audiencias en los tribunales de justicia penal. Es allí donde la defensa -donde la Defensoría Penal Pública representa más del 95% de las causas- va a examinar y cuestionar la legalidad de las actuaciones de la persecución penal, y los jueces van a resolver si éstas se ajustaron a la ley o no.

¿Es necesaria una reforma a la Reforma? Para responder esto hay que tener antecedentes serios. Si analizamos las cifras, éstas revelan que el sistema ha funcionado bien. Los tribunales están respondiendo al creciente número de imputados. En 2011 la Defensoría defendió 369.950 personas, un 15,5% más que el año anterior. Con procedimientos rápidos, donde todas las partes tienen oportunidad de presentar sus argumentos, Chile se ha consolidado en estos casi 12 años de vigencia de la reforma como sólido puntero de la región como el país con más personas encarceladas per cápita, superando las 56 mil. Y de éstas, un 75% están condenadas, y no como antes de la Reforma en que la mitad de los presos lo estaba sin condena, sino con eternos juicios pendientes.

El problema es otro. La justicia penal es ejecutada por seres humanos, que actúan cumpliendo sus roles de policías, jueces, fiscales, defensores, peritos y testigos, todos conforme a lo que dice la ley, que es otra creación humana. No es posible esperar que entre las más de 350 mil causas que se tramitan al año no existan errores, incluso algunos bastante gruesos. La prensa legítimamente informa de estos tropiezos, pero normalmente con el ánimo de achacar responsabilidades de inmediato. Aquí es donde su falta de rigor echa a rodar la bola de nieve de la indignación ciudadana contra el sistema de justicia, especialmente contra los jueces, y también contra los fiscales. Y en estos tiempos, es difícil que el mundo político se sustraiga del clamor popular. Sin embargo -y esta es una opinión que comparten muchos expertos y juristas que no basan sus impresiones en la información de prensa, sino que en el estudio exhaustivo y el conocimiento del sistema de justicia por dentro-, los problemas que se han suscitado para castigar a los verdaderos responsables de los delitos no están en la ley, sino que en la infracción a la ley. Y los hechos confirman que en general, estas vulneraciones se están dando en la base de la persecución: en la investigación policial.

Hay casos en que el procedimiento policial ha sido tan burdamente realizado que a los jueces no les ha quedado otra alternativa que descartar pruebas obtenidas de manera ilícita o rechazar solicitudes de prisión preventiva por detenciones practicadas ilegalmente. Ningún magistrado está obligado a legitimar actuaciones ilegales de la policía, porque de ser así, para dejar contenta a la prensa mejor eliminemos el control que hacen los jueces y dejemos que todo se haga de acuerdo al criterio de los policías.

Como bien advirtió hace una semana el Presidente (S) de la Corte Suprema Milton Juica en su discurso de juramento de nuevos abogados, "hoy en día, paradójicamente, a quienes se les encarga la defensa de los derechos trascendentes para la sana convivencia y el prestigio del Estado de Derecho (...), se les moteja de garantistas, dándole a esa cualidad de la justicia, por algunos que conocen el derecho por referencia o por intuición, un sentido de peligro social". Citando a Ferrajoli expresó que la legitimidad de la función jurisdiccional "no es el consenso de la mayoría, sino la verdad de sus decisiones, que viene asegurada, de un lado, por las garantías penales, especialmente por la estricta legalidad...".

El caso de los 10 detectives de la Bicrim de Pudahuel formalizados, que en su minuto fue presentado por los medios como un gran éxito de la PDI en la lucha contra las drogas, constituye una expresión elocuente de la importancia de que los controles en la persecución penal se mantengan. Esta situación presuntamente abusiva se develó por la acción de un defensor penal público que vio que las imputaciones que estos policías hacían a sus defendidas estaban llenas contradicciones. Gracias a que el defensor tiene facultades para cuestionar la prueba, pudo convencer al fiscal y luego al tribunal, de modo que los acusadores pasaron a ser imputados.

Estos casos, y otros como el caso Bombas, que han terminado mal para el persecutor, revelan que algunos policías no se han adaptado a los estándares que correctamente exige la ley a jueces, fiscales defensores y también a ellos. Y por ningún motivo la ley debe modificarse para adaptarse a las prácticas policiales, que además vienen de tiempos muy superados."

lunes, 22 de octubre de 2012

Juez Fernando Guzmán en audiencia de revisión de medidas se refiere al trabajo judicial

El juez de garantía que dejó en libertad a siete personas que se encontraban en prisión preventiva, debido a investigaciones realizadas por los 10 policías formalizados ayer, aprovechó la instancia para responder a quienes han cuestionado la labor judicial.
Los siete imputados se sentaron en el estrado frente al Juez Fernando Guzmán. Se trataba de una audiencia de revisión de medidas cautelares y la sala estaba casi vacía. Estas personas permanecían desde hace varios meses en prisión preventiva por tráfico de drogas, y fueron detenidas en investigaciones realizadas por los 10 policías que el día de ayer fueron formalizados por diversos delitos de supuesta corrupción.

Guzmán les ofreció la palabra a los imputados Reinaldo Aravena Pérez, María Pendén Bugsieres, Francisco Salas Villar, Jocelyn Alegría Guzmán, William Bustos Martínez, Angélica Morgado Meneses y Yenny Quijada Ocarez. Todos relataron que los policías los habían golpeado, amenazado y que les habían hecho firmar algo que no leyeron. Guzmán los escuchó atentamente para luego decirles "todos sabemos que bajo tortura se admite cualquier cosa.
No hay entonces claridad de qué ocurrió en ese lugar". Agregó que "hubo allanamientos y detenciones ilegales, hubo entrega de información falsa, que no se registró de acuerdo a la ley, por lo que evidentemente está viciado el procedimiento y no se pueden utilizar los antecedentes incriminatorios en esta investigación, no quedando otra que dejar sin efecto la prisión preventiva y el arresto domiciliario que se dictó en su oportunidad".

REFORMA A LA REFORMA
Acto seguido el Magistrado del primer Juzgado de Garantía, sin perder la calma que lo caracteriza, continuó la conversación con los imputados y les dijo "esta actuación de los jueces de garantía es lo que algunos llaman garantismo, lo que hoy día otros llaman hipergarantismo ¿Han escuchado algo más brutal que eso, cuando en 10 años de Reforma Procesal Penal lo único que se ha hecho es repletar las cárceles? Y no falta quienes se refieren a nuestra formación como falta de experiencia.
La verdad es que esto no es garantismo, ni juventud, ni falta de experiencia, es simplemente sumisión a la ley. Esto no tiene que ver con el criterio del juez, no tiene nada que ver con la mano en el corazón, ni sentido común, ni política. Es sólo sumisión a la ley y el cumplimiento de los roles institucionales". Los imputados asentían y Guzmán siguió haciendo uso de su escenario, respondiendo las críticas que se le han hecho a los jueces en el último tiempo, lo que incluso llevó al Presidente de la República, Sebastián Piñera a anunciar una reforma a la reforma. "Es bastante más fácil, pero ineficiente a la vez ir a llorar al Palacio de Justicia, a quejarse de la actuación del juez, porque levantó la voz exigiendo racionalidad al Ministerio Público. O ir a La Moneda a pedir cambios legales para restringir los controles del juez de garantía. Eso es fácil, ineficiente, pero un camino posible. De hecho un camino que vemos todos los días".

CRITICA A LA LABOR POLICIAL
Ante la noticia de su libertad, los imputados no ocultaron en ningún momento su alegría, pero en algo que nadie esperaba, el juez Guzmán se dirigió nuevamente a ellos, pero esta vez para regañarlos.
"Escúchenme bien. No crean que estamos felices con lo que ocurrió en esta oportunidad, no obstante una de las funciones del juez de garantía es determinar los vicios del procedimiento policial. Sigo declarando mi insatisfacción, porque no sabemos cuántos procesos del pasado o actuales están contaminados. Siempre tendremos un manto de dudas de los procesos judiciales donde intervinieron esos efectivos policiales".
"Pero esa no es la única razón por la cual me puedo sentir insatisfecho, sino que porque personas que han afectado a la salud pública: ustedes, poniendo droga en las poblaciones, van a zafar y no porque no hayan cometido los ilícitos sino porque no hubo una investigación profesional atrás. Esto hay que tenerlo como lección, no sólo como discurso. Cuando tú tienes estándares altos, exigentes, lo que tienes son mayores esfuerzos por realizar una labor policial seria. En caso contrario, hay mayor desprolijidad de parte de las policías, y al final lo que tienes es impunidad. Eso es lo que tenemos hoy día: impunidad". El juez agregó que "no solamente un inocente puede estar en la cárcel, sino que el culpable queda fuera. Si tuviéramos un sistema donde los sistemas de control operaran y dejaran que los jueces efectivamente cumplieran su labor, entonces lo que tendrían son investigaciones sofisticadas, hoy tenemos vaivenes, péndulos y que sucede...los culpables salen en libertad".

Fuente: La Tercera